Formulario
ayuntamiento
AYUNTAMIENTO DE CASTRO-URDIALES
TRABAJO DE DIGITALIZACIÓN
Modelo: 0-0
Versión: 0

Trabajo de digitalización

30/12/2022

El presente trabajo de digitalización, comprende los libros de actas de la Villa de Castro-Urdiales entre 1801 y 1870. Este tipo de documentación dejaba constancia, y aún sigue haciéndolo, de la actividad del gobierno municipal, los cambios en el mismo, sus decisiones y de una manera más o menos directa de la vida cotidiana de la villa.

Las actas del periodo anterior a 1833 se corresponden con lo que denominamos el Antiguo Régimen (excepto el periodo 1820-23). En esta época como en los siglos anteriores el ayuntamiento estaba formado por un Alcalde Mayor, nombrado por el Corregidor de las Cuatro Villas de la Costa de la Mar, un procurador general, un procurador del Cabildo de pescadores y mareantes de San Andrés, cuatro regidores, un fiel o mayordomo y un alguacil [1].

Tal como nos cuenta Agustín Rodríguez en su libro Alcaldes y Regidores “las juntas de elección de oficios, anuales, se celebraban el primero de enero en la Iglesia de Santa María. Después de oír misa de Espíritu Santo, los capitulares se trasladaban a los anexos de la dicha iglesia, conocidos como “reales palacios del rey Alfonso”. Para la elección del procurador general, los cuatro regidores salientes depositaban sendas papeletas con el nombre de su candidato en un sombrero o en una olla. Revueltas las papeletas, que solían introducirse en cascabeles de plata, un niño sacaba a suerte una de ellas y el nombrado en la misma quedaba elegido procurador general. Los demás cargos se elegían de modo similar, pero con la participación directa de todos los vecinos asistentes a la junta” [2].

Los libros de actas suelen ser, así mismo, reflejo de acontecimientos importantes en todo el país. El siglo XIX es precisamente un periodo en el que las guerras, la de independencia de los franceses primero y las carlistas después, se dejaron sentir en el ámbito local. Castro Urdiales jugó un papel destacado en ambos periodos. Durante la guerra de la Independencia (1808-1813), presentó gran resistencia a la invasión hasta el punto de ser el único núcleo urbano de Cantabria asediado por las tropas francesas, sufriendo por ello una gran pérdida de población y el consiguiente saqueo de las tropas invasoras [3]. Por desgracia lo agitado del momento llevó probablemente a que dejaran de realizarse las juntas habituales de gobierno y por esta razón no contamos con libros de actas precisamente en este periodo. Algo similar ocurre a finales de 1833, durante el periodo mas violento en Cantabria entre las tropas Carlistas y la Realistas.

Como ejemplo no obstante de los numerosos cambios políticos de la época son los dos siguientes documentos

El primero es de 1813. Recién expulsado el ejército francés de Castro Urdiales, la villa se acoge a la Constitución de Cádiz del año anterior de la misma forma que otros territorios liberados. Sin embargo la llegada de Fernando VII al poder supone el regreso a la legalidad anterior, la del Antiguo Régimen, y por tanto a la abolición de la Constitución. Por orden suya las actas anteriores son borradas, o como ocurre en este caso, simplemente tachadas.

Con un salto de 50 años pasamos al a&nilde;o 1868 cuando Isabel II, heredera de Fernando VII es expulsada del trono. Este periodo que comienza aquí, traerá un rey extranjero Amadeo I de Saboya, y tras el fracaso de este intento, la Primera República Española

No obstante estos ejemplos son de alguna manera excepcionales, es mucho más habitual encontrarnos con actas y acuerdos que generalmente tratan temas mucho más cotidianos y cercanos a la vida diaria de la Villa. En el periodo anterior a 1833, además de las ya comentadas actas de elección de oficios realizadas a principios de enero, el resto de acuerdos suelen ser de tipo económico, en concreto lo que se conocía como “Propios y Arbitrios” esto es, la administración de las propiedades del común (Propios) y de los impuestos (Arbitrios), otros se refieren a relaciones con la jerarquía eclesiástica, instancias de vecinos solicitando empleo o denunciando alguna irregularidad o simplemente altercados que podían llegar a producirse

Con la llegada del Régimen Liberal en 1833 aparece la figura del Gobernador Civil (también denominado Jefe Político), que va a jugar un papel central en la vida de la recién creada Provincia de Santander y en los nuevos ayuntamientos que perderán buena parte de su independencia anterior. Además empieza a ser habitual tratar temas relacionados con fomento (Obras Públicas, Agricultura, Pesca, Industria, Comercio), Educación o Sanidad y en general actuar como delegados del gobierno a nivel local (quintas por ejemplo)

Notas:

  • [1] RODRIGUEZ FERNANDEZ, A., Alcaldes y Regidores. Administración territorial y gobierno municipal en Cantabria durante la Edad Moderna. (Santander: Estvdio. Institución Cultural Cantabria, 1986)
  • [2] ibid, pag. 77
  • [3] SANCHEZ GOMEZ, M.A., “La Guerra de la Indenpendencia en Cantabria”. Cantabria en los siglos XVIII y XIX. II. Sociedad, Cultura y Política. (Santander: Tintín, 1987)

Acta de elección de oficios de 1 de enero de 1804

Acta borrada de 18 de diciembre de 1813

En 1820 se vuelve a proclamar la Constitución de Cádiz y esta es acatada por el Rey Fernando VII. Es el periodo conocido como Trienio Liberal

Acta del ayuntamiento de 17 de octubre de 1868

“Decreto de 9 de mayo de 1801. Trata en razón de varios reparos que deven exponerse por la Villa a los constituyentes que nuevamente forma el cabildo eclesiastico para su gobierno”

A finales de 1833 se dice que Castro es una de las Cuatro Villa de la Costa del Mar Cantábrico y que se encuentra en la Provincia de Santander

Acta de 23 de mayo de 1867. Licencia de obra

En 1820 se vuelve a proclamar la Constitución de Cádiz y esta es acatada por el Rey Fernando VII. Es el periodo conocido como Trienio Liberal

Scroll to Top