Formulario
ayuntamiento
AYUNTAMIENTO DE CASTRO-URDIALES
SOLICITUD DE LICENCIA MUNICIPAL DE ACTIVIDAD SUJETA A CONTROL AMBIENTAL
Modelo: 8973-Solicitud de licencia municipal de actividad sujeta a control ambiental tramitación
Versión: 2024290701

Solicitud de licencia municipal de actividad sujeta a control ambiental

10/08/2024

¿Para qué actividades se requiere la obtención de este tipo de licencia?

Para las actividades recogidas en la tabla del Anexo C (únicamente 1ª columna) de la Ley 17/2006, de 11 de diciembre, de control ambiental integrado y que son las que se enumeran en el siguiente enlace.

Esta licencia de actividad:

- Debe tramitarse de forma previa o simultánea a la solicitud de licencia de las obras necesarias para la implantación de la actividad que se pretenda.

- Es independiente de la declaración responsable que ha de presentarse tras su obtención y previamente a la puesta en funcionamiento de la actividad.

¿Quién lo puede solicitar?

Los promotores de la actividad o representante acreditado.

¿Cuándo se puede solicitar?

Cuando se pretenda el desarrollo de una actividad de las anteriormente enumeradas, y de forma previa tanto a su implantación como a la ejecución de las obras de acondicionamiento para ello.

Plazo del procedimiento o resolución y silencio:

El plazo de resolución es de tres meses. No obstante, dicho plazo queda suspendido desde que se soliciten los informes vinculantes, concesiones, licencias o autorizaciones de carácter previo.

Transcurrido el plazo de resolución de la licencia sin haberse notificado ésta, el interesado podrá entender desestimada su petición por silencio administrativo.

Procedimiento a seguir después de la solicitud:

El previsto en los artículos 71 y ss. del Decreto 19/2010 de Cantabria que consta, básicamente, de los siguientes trámites:

a) Se comprueba la documentación presentada; si se aprecia algún defecto formal se notifica al interesado para su subsanación en 10 días.

b) Emisión de certificación municipal de compatibilidad urbanística y resolución de admisión a trámite de la solicitud o, en su caso, denegación de la licencia por incompatibilidad urbanística.

c) Sometimiento del expediente a un trámite de información pública mediante publicación en el Boletín Oficial de Cantabria y tablón de edictos municipal, por plazo de veinte días.

d) Realización de consultas y solicitud de informes a otras Administraciones.

e) Remisión del expediente a la Comisión para la comprobación ambiental, que podrá acordar la apertura de un trámite de audiencia al interesado.

f) Emisión del Informe de comprobación ambiental.

g) Resolución de la licencia de actividad solicitada por Decreto de Alcaldía.

Finalizadas las obras y antes de la puesta en funcionamiento de la actividad, deberá presentarse declaración responsable de inicio de actividad sujeta al procedimiento de comprobación ambiental acompañada de la documentación recogida en dicho modelo.

Documentación mínima y obligatoria a presentar:

  • Modelo de solicitud cumplimentado.
  • En el supuesto de que se actúe mediante representante, deberá aportarse acreditación de la representación alegada por medio válido en Derecho (apud acta, poder notarial, etc.).
  • Justificante de pago de la tasa fiscal correspondiente, que deberá liquidarse previamente en los Servicios Económicos del Ayuntamiento.
  • En caso de que requerir alguna autorización o informe administrativo previo, deberá aportarse la misma (autorización Cultura, CROTU, Costas, Confederación Hidrográica del Cantábrico, Carreteras Autonómicas o Estatales, Vivienda, concesión administrativa,…..).
  • Proyecto de Actividad e instalaciones firmado por técnico competente y visado por su correspondiente colegio profesional, con el contenido mínimo establecido en el Decreto 19/2010, de 18 de marzo, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 17/2006 de 11 de diciembre de Control Ambiental Integrado.
  • Si la actividad conlleva la ejecución de obras, deberá aportarse:
    • Proyecto de ejecución o, en caso de no ser éste exigible, memoria técnica descriptiva de las obras y presupuesto detallado.
    • Justificante de pago de la tasa fiscal correspondiente a la licencia de obras.


Legislación aplicable:

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Ley 5/2022, de 15 de julio, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cantabria.
  • Ley 17/2006, de 11 de diciembre, de Control Ambiental Integrado.
  • Decreto 19/2010, de 18 de marzo, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 17/2006 de 11 de diciembre de Control Ambiental Integrado.
  • Plan General de Ordenación Urbana de Castro-Urdiales y su planeamiento de desarrollo.
  • Ordenanza municipal de licencias urbanísticas y su tramitación.
  • Ordenanza municipal de protección del medioambiente frente a ruidos y vibraciones.


      **Se advierte que esta página únicamente habilita para cumplimentar el formulario y para su impresión o descarga, debiendo posteriormente registrar el mismo bien en cualquiera de los lugares habilitados a tal fin previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 o a través de la sede electrónica en el siguiente enlace

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